martes, 7 de marzo de 2017

Ketuvot 49 - La alimentación de los hijos

¿Es obligatorio que el padre alimente a sus hijos pequeños? Entiendo, quiero creer, que ninguno de nosotros contestaría negativamente a está pregunta. Está instalado en nuestro inconsciente que un padre debe proveer alimento a sus hijos hasta que ellos puedan comenzar a mantenerse por sí solos (quizás a los 18 años en nuestros días... o incluso después). Para sorpresa de muchos la Mishná no piensa lo mismo. La Mishná dictamina: "El padre no está obligado a alimentar a su hija". Según los sabios está ley tiene sus orígenes en una Drashá, interpretación, de Rabí Eleazar ben Azaria que dijo en Yavné "Tal como los hijos heredan después de la muerte del padre, las hijas son alimentadas luego de la muerte del padre". Es decir que de la herencia paterna se puede tomar dinero para alimentar a las hijas pero durante la vida del padre este no tiene la obligación de alimentarlas. La Guemará complica incluso más la cuestión insinuando que un padre está obligado a alimentar a sus hijos varones y no a sus hijas mujeres. ¡Que noción tan extraña! Pero para nuestra tranquilidad otros sabios de la misma generación no opinaban lo mismo. Rabí Meir por ejemplo enseña que el padre está obligado a alimentar tanto a sus hijos como a sus hijas.

La posición de la Mishná, sin embargo, es la que queda establecida como la Halajá y es por eso que son los sabios de Usha (una ciudad de Babilonia) que siglos después decretan que un padre debe alimentar a sus hijos y a sus hijas cuando son pequeños. Es decir: según la ley bíblica (en la mentalidad rabínica) el padre no está obligado a alimentar a sus hijos pero los sabios de Babilonia decretan que sí debe hacerlo. Los Tosafot tratan de "salvar" un poco está idea tan absurda para nuestros días (y al parecer para los de ellos también) y dicen que la Torá sí dispone que un padre debe alimentar a sus hijos hasta los seis años, que lo que hacen los sabios en Usha es extender el tiempo hasta los 12/13 años cuando los niños dejaban de ser niños para ser adultos.

¿Cómo queda la Halajá? Hasta los seis años un padre está obligado a alimentar a sus hijos e hijas, de ahí en adelanta debería hacerlo pero un tribunal rabínico no tiene fuerza legal para obligarlo a hacerlo por lo cual lo único que pueden hacer es humillar al hombre públicamente hasta que alimente a sus hijos diciendo (y estás son las palabras como aparecen en los códigos legales): "Fulano el malvado no quiere alimentar a sus hijos, y es peor que un ave impura que alimenta a sus críos". Más allá de la Halajá y de la obligatoriedad o no de alimentar a los hijos solo un padre desalmado podría decidir no alimentar a sus hijos. Y este es un claro ejemplo de lo que el Ramban escríbia al comienzo de Parashat Kedoshim cuando decía que uno puede ser un sinvergüenza aún cumpliendo la Halajá.

No hay comentarios:

Publicar un comentario